Normativa SEPA
Guía de aplicación para QsERP
En aplicación del Reglamento europeo 260/2012, se establece como fecha límite el 1 de febrero de 2014 para que los sistemas nacionales sean reemplazados por los instrumentos de cobro europeos de la Zona única de pagos en euros (SEPA, en sus siglas en inglés), aunque se ha establecido prolongar el plazo hasta el próximo 1 de agosto, es decir, el formato del SEPA será obligatorio desde el 1 de febrero, pero durante seis meses más se admitirán transferencias y domiciliaciones en los antiguos formatos nacionales.
Para ello, los instrumentos tradicionales ficheros N19, N32 y N58, así como los recibos en papel se sustituyen por los adeudos directos SEPA, válidos para su gestión en cualquiera de los 33 estados adheridos (los 28 estados de la UE, más Islandia, Liechtenstein, Noruega, Suiza y Mónaco).
Para los productos “nicho” la fecha de migración se prorroga hasta el 1 de febrero de 2016. En España se consideran productos nicho los anticipos de crédito (cuaderno 58) y los recibos girados a través del cuaderno 32 y los recibos en papel.
QsERP introduce los cambios necesarios para adaptar la aplicación a esta nueva normativa. A continuación presentamos una guía rápida con los pasos a seguir una vez tenga instalada la nueva actualización.
Paso Nº 1 Bancos
En la pantalla de Útiles – Gestión – Bancos, puede comprobar si el BIC se ha actualizado de forma correcta. Es posible que haya algún banco que usted utilice y que no tenga puesto el BIC, puede hacerlo usted mismo desde este formulario, también debe marcar la casilla SEPA de los bancos que utilicen sus clientes.
Debe tener el IBAN y el BIC en las cuentas del banco de la empresa. Para facilitar esta tarea, hemos introducido unas utilidades que permitirán calcular el IBAN y el BIC de forma automática partiendo de la cuenta actual.
Para actualizar el IBAN y el BIC en los bancos de la empresa, debe hacerlo desde el formulario de bancos que se encuentra en Contabilidad – Tesorería – Bancos.
Pulse en los iconos que tiene el formulario en la parte superior, señalados en verde, con ello los campos IBAN y BIC se rellenarán automáticamente.
Paso Nº 2 Terceros
También debe tener el IBAN y el BIC en las cuentas de los terceros.
De igual forma que en el formulario de los bancos, hemos introducido unas utilidades que permitirán calcular el IBAN y el BIC de forma automática partiendo de la cuenta actual. Este cálculo lo podrá realizar tercero a tercero, o bien de forma masiva y automática para todos los terceros.
Para actualizar el IBAN y el BIC en los terceros de forma individual, debe hacerlo desde el formulario de terceros que se encuentra en Terceros – Terceros, en la pestaña Cuentas bancarias.
Para realizar esta tarea de forma masiva, lo puede hacer desde el formulario de configuración, que se encuentra en Útiles – Configuración, en la pestaña Cálculos masivos. Marcar los iconos de la primera y segunda línea señalados en verde según la figura.
De esta manera en la ficha de terceros (cuentas bancarias) le rellenará el IBAN y el BIC de todos los terceros.
Paso Nº 3 Clientes
Por último en la ficha de clientes, deberá indicar que tiene firmado con sus clientes el acuerdo adeudo SEPA.
Paso Nº 4 Remesas
Como se observa en la figura, en el formulario de remesas se ha sustituido la cuenta por el IBAN y se añaden los nuevos tipos de cuadernos SEPA.